- 22/07/2024
- Publicado por: Marta
- Categoría: Preguntas y respuestas
Estimado Abogado Dongo,
Algunos proveedores de nuestra cadena de supermercados repiten la evidencia gráfica de los mismos alérgenos – p.e. leche – en relación con cada ingrediente que los contiene. ¿Es correcto?
Muchas gracias marina
El abogado Dario Dongo, Doctor en Derecho Alimentario Internacional, responde
Querida Marina,
Reglamento de Información Alimentaria (UE) nº 1169/11 – al derogar la Directiva sobre alérgenos 2003/89/CE – reforzó la protección de las personas con alergias alimentarias e intolerancia al gluten (enfermedad celíaca) introduciendo tres nuevos requisitos para los operadores:
– distinguir la palabra clave de cada alérgeno (es decir, cebada, nueces, soja), en la lista de ingredientes, con un resaltado gráfico apropiado (por ejemplo, negrita, letras mayúsculas)
– recordar la presencia de un alérgeno en múltiples matrices contenidas en el alimento. Ya sean ingredientes, aditivos, adyuvantes, aromas (1)
– proporcionar siempre información sobre la presencia de alérgenos también en los productos servidos por las comunidades a los consumidores, así como en los que se venden a granel y preenvasados. (2)
1) Alérgenos, evidencia gráfica
La evidencia gráfica tiene el objetivo preciso de ayudar a los consumidores vulnerables a verificar fácilmente la presencia de ingredientes o sustancias a los que son alérgicos o intolerantes.
Su función es esencial, especialmente en los (frecuentes) casos en los que el producto contiene numerosos ingredientes y la etiqueta a su vez contiene múltiples datos.
2) Repetita NO iuvante
La eficacia de la evidencia gráfica En la palabra clave que identifica cada alérgeno (es decir, leche, trigo, soja) falta, tras una inspección más cercana, en ambos casos de:
– extensión de la evidencia gráfica al nombre completo de un ingrediente (por ejemplo, lecitina de soja, leche desnatada en polvo)
– repetición de la evidencia gráfica en todas las matrices donde está presente el mismo alérgeno.
3) Comisión Europea, directrices
La Comisión Europea De acuerdo con las representaciones de los Estados miembros, confirmó la interpretación lógica mencionada en el apartado 2 en sus directrices sobre el etiquetado de los alérgenos alimentarios. (3)
"Cuando el nombre de un ingrediente consta de varias palabras separadas (por ejemplo, "poudre de lait", "leche en polvo"), basta con enfatizar únicamente la palabra que corresponde a la sustancia/producto enumerado en el anexo II".
"A efectos de este requisito, la referencia a las sustancias o productos enumerados en el anexo II debe no necesariamente be repetido tantas veces como estas sustancias estén presentes. Cualquier presentación que deje claro que diferentes ingredientes proceden de una única sustancia o producto incluido en el anexo II cumpliría el requisito y sería aceptable. Sin embargo, la referencia siempre debe estar directamente vinculada a la lista de ingredientes, por ejemplo, colocando la información mencionada al final de la lista de ingredientes o muy cerca de la lista de ingredientes.
Por ejemplo, mediante los siguientes elementos:
Un alimento que incluya aditivos alimentarios, vehículos y coadyuvantes de elaboración derivados del trigo podría etiquetarse de la siguiente manera:
«…, aditivo (1), vehículo (1), coadyuvante tecnológico (1) – De trigo (donde debe enfatizarse 'trigo')".
4. Conclusiones
El error más frecuente de quienes redactan y controlan las etiquetas de los alimentos es repetir información y evidencias gráficas innecesarias. En lugar de ello, se descuida la información sanitaria fundamental, como la identidad específica de frutos secos individuales (es decir, almendras, nueces, anacardos) que están o pueden estar presentes en el producto. En el silencio culpable de las autoridades responsables de los controles públicos oficiales.
cordialmente
dario
Note
(1) Alérgenos en saborizantes y aditivos, responde el abogado Dario Dongo. HACER (Requisitos de alimentación y agricultura). 24.7.19
(2) Desgraciadamente, la aplicación concreta de estas normas sigue siendo deficiente, tanto en Italia como en otros países de la UE, debido a graves negligencias tanto de los operadores como de las autoridades de control sanitario. Ver artículos anteriores:
- Darío Dongo. Alergias en el restaurante, peligro garantizado. yo estudio aleman. REGALO (Gran comercio de comida italiana). 26.5.19
– Darío Dongo, Marina De Nobili. Alérgenos en alimentos preenvasados, más garantías con la ley de Natasha en Reino Unido. REGALO (Gran comercio de comida italiana). 2.7.19
- Darío Dongo. Alergia a la leche, una muerte y una retirada. El problema de los 'sin lactosa'. REGALO (Gran comercio de comida italiana). 18.4.22
(3) Aviso de la Comisión, de 13 de julio de 2017, relativo al suministro de información sobre sustancias o productos que causan alergias o intolerancias, enumerados en el anexo II del Reglamento (UE) n.º 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el suministro de alimentos información a los consumidores [C/2017/4864] https://tinyurl.com/355eyr53
(4) Véase el documento mencionado en la nota 3, apartados 16 y 21.
(5) Darío Dongo. Alérgenos, pautas. REGALO (Gran comercio de comida italiana). 15.9.17