¿Comidas de cantina, alimentos preenvasados? El abogado Darío Dongo responde

Estimado Abogado Dongo,

Soy el director de una estructura de seguridad alimentaria de una ASL. La pregunta que propongo se refiere a una empresa de catering que produce comidas para comedores, incluidos los escolares:

– las comidas se entregan en los distintos comedores gestionados por otras empresas (con registro propio) en bandejas cerradas/protegidas con un film plástico termosellado. Los trabajadores del comedor se encargan inmediatamente del porcionamiento y la administración.

– las comidas individuales en bandejas monoporción, siempre protegidas por film plástico termosellado, están destinadas a usuarios finales con alergias alimentarias.

El fabricante entrega a los comedores documentos que muestran, para cada plato, los ingredientes con evidencia de los alérgenos. Me gustaría conocer su opinión respecto a la calificación de estos productos como:

– alimentos envasados ​​para la venta directa a una comunidad, por lo que están excluidos de las normas para los alimentos preenvasados

– alimentos preenvasados, que están sujetos a los requisitos de etiquetado a que se refieren los artículos 9 y 10 del Reglamento (UE) 1169/11.

Muchas gracias (carta firmada)


El abogado Dario Dongo, Doctor en Derecho Alimentario Internacional, responde

Muy amable,

Conviene recordar la definición de "alimento preenvasado" ofrecida por la Reglamento de Información Alimentaria (UE) nº 1169/11, para evaluar mejor los diferentes casos y las normas que deben aplicarse.

1) Alimentos preenvasados, definición

Reg. (UE) 1169/11 lo define como "alimento preenvasado"la unidad de ventas

– destinado a ser presentado como tal al consumidor final y a las comunidades,

– compuesto por un alimento y el embalaje en el que fue envasado antes de su puesta a la venta, envuelto total o parcialmente en dicho embalaje, pero en cualquier caso de forma que el contenido no pueda alterarse sin abrir o cambiar el embalaje».

Por el contrario, los alimentos quedan excluidos de la definición de "alimentos preenvasados".

– envasados ​​en lugares de venta a petición del consumidor o

 – preenvasado para venta directa' (Artículo 2.2.e). (1)

2) Comidas para catering y comedores, ¿alimentos preenvasados?

Platos preenvasados por una empresa de catering (o un centro de cocina) se clasifican, por tanto, en:

– alimentos preenvasados, siempre que se suministren a sujetos distintos de los consumidores finales (como comedores, establecimientos públicos, supermercados)

– no preenvasados ​​(“preenvasados”, en la jerga común), cuando en cambio están destinados a la venta directa (incluida la administración directa a los consumidores finales). (2)

3) Etiquetado e información del fabricante

información al consumidor por el fabricante sigue diferentes métodos, según el caso:

– el etiquetado de los alimentos preenvasados, de conformidad con el Reg. (UE) 1169/11, artículos 9,10), es obligatorio cuando están destinados a ser administrados a los usuarios finales por las comunidades sin preparación ni fraccionamiento previo (por ejemplo, platos preenvasados). productos envasados ​​dirigidos a usuarios individuales con alergias alimentarias)

– la información puede, en cambio, proporcionarse a través de la documentación comercial que precede o acompaña a la entrega en el caso de alimentos, incluso envasados, cuando estén destinados a su preparación o fraccionamiento por parte de la comunidad. Así como en los casos de venta a otros operadores (por ejemplo, distribución tradicional y moderna). (3)

4) Información al consumidor final

Responsables de comedor y otros operadores, económicos y de otro tipo, facilitará a su vez a los consumidores la información obligatoria sobre los alimentos, según corresponda, en los siguientes términos:

– los alimentos preenvasados ​​que las comunidades hayan recibido tal cual, sin preparación ni fraccionamiento, deberán mantener las etiquetas aplicadas por el fabricante

– los alimentos vendidos a granel y preenvasados ​​(por ejemplo, croissants y otros dulces, sándwiches, productos delicatessen expuestos en escaparates), como los que se sirven en las comunidades, deben mostrar la información en un cartel de venta específico o en un registro electrónico o en las novedades del menú establecidos por el legislador nacional. Con el único deber obligatorio de informar siempre de la posible presencia de alérgenos en cada plato y producto.

5) Alimentos sueltos y preenvasados, alimentos suministrados por las comunidades. Noticias obligatorias

En Italia, el Decreto Legislativo 231/17 ha establecido la siguiente información obligatoria en todos los casos de alimentos vendidos a granel o 'preenvasados', así como de alimentos y comidas servidas por comunidades (que también incluyen establecimientos de restauración y comedores):

  • Nombre de la comida,
  • Lista de ingredientes,
  • Ingredientes alergénicos,
  • Métodos de almacenamiento para productos alimenticios rápidamente perecederos,
  • Fecha de caducidad para pasta fresca y pasta fresca con relleno,
  • Grado alcohólico volumétrico adquirido para bebidas con un grado alcohólico superior al 1,2 % vol.
  • Porcentaje de glaseado (tara) de productos congelados glaseados,
  • Denominación 'descongelado', en los casos previstos. (4)

cordialmente

dario

Nota:

(1) ¿Productos horneados, preenvueltos o preenvasados? Contesta el abogado Darío Dongo. TARIFA (Requisitos de Alimentos y Agricultura). 1.5.21

(2) Múltiples etiquetas de embalaje, responde el abogado Darío Dongo. TARIFA (Requisitos de Alimentos y Agricultura). 2.8.24

(3) Alérgenos en restauración, responde el abogado Dario Dongo. DO (Requisitos alimentarios y agrícolas). 11.5.17

(4) Darío Dongo. Alimentos a granel y preenvasados, comunidad. FT (Food Times). 11/3/18



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